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Legislación mexicana con fuentes oficiales
Cómo llenar un pagaré correctamente en México
Para llenar un pagaré válido en México, debes incluir los 6 datos obligatorios que establece el Artículo 170 de la LGTOC: la palabra “pagaré” en el texto, la promesa incondicional de pago con monto exacto, el nombre del beneficiario, la fecha y lugar de pago, la fecha y lugar donde se firma, y la firma de quien se obliga. Puedes consultar cada requisito en detalle en nuestra guía Requisitos de un pagaré válido.
Paso a paso para llenar un pagaré
Cada paso corresponde a uno de los requisitos del Artículo 170 de la LGTOC. El orden puede variar según el formato impreso que utilices, pero todos los datos deben estar presentes.
Paso 1. Escribe la palabra “pagaré” en el texto
La ley exige que la mención de ser pagaré esté inserta en el texto del documento, no solo como título o encabezado. Una redacción típica comienza con: “Por medio de este pagaré…”
Art. 170, fr. I, LGTOC.
Paso 2. Indica el monto exacto a pagar
Escribe la cantidad tanto en número como en letra. La promesa de pago debe ser incondicional y por una suma determinada de dinero. Evita frases como “pagaré aproximadamente” o condiciones como “si me pagan a mí”.
Art. 170, fr. II, LGTOC.
Paso 3. Escribe el nombre del beneficiario
Indica el nombre completo de la persona a quien se le va a pagar. Usa el nombre tal como aparece en una identificación oficial para evitar confusiones.
Art. 170, fr. III, LGTOC.
Paso 4. Indica cuándo y dónde se va a pagar
Escribe la fecha de vencimiento (día, mes y año) y el lugar donde deberá hacerse el pago. Si no indicas fecha de vencimiento, el pagaré se considera pagadero “a la vista” (exigible en cualquier momento). Si no indicas lugar, se entiende que se paga en el domicilio del suscriptor.
Art. 170, fr. IV y Art. 171, LGTOC.
Paso 5. Indica dónde y cuándo se firma
Escribe la fecha (día, mes y año) y el lugar (ciudad y estado) en que se está firmando el pagaré. Este dato es distinto al del paso anterior: aquí es la fecha de suscripción, no la de pago.
Art. 170, fr. V, LGTOC.
Paso 6. Firma del suscriptor
Quien se obliga a pagar debe firmar el documento. La LGTOC también permite que otra persona firme “a su ruego o en su nombre”.
Art. 170, fr. VI, LGTOC.
Ejemplo orientativo de redacción
A continuación se muestra un ejemplo simplificado de cómo podría redactarse el texto de un pagaré. Este ejemplo es solo orientativo y no constituye un formato oficial ni obligatorio. Cada situación puede requerir datos adicionales o redacción diferente.
PAGARÉ
Por medio de este pagaré, me obligo incondicionalmente a pagar a la orden de [nombre del beneficiario] la cantidad de $[monto en número] ([monto en letra] pesos, moneda nacional).
Fecha de pago: [día/mes/año]
Lugar de pago: [ciudad, estado]
Suscrito en [ciudad, estado], a [día] de [mes] de [año].
________________________
[Nombre y firma del suscriptor]
Este ejemplo incluye los 6 elementos del Artículo 170 de la LGTOC. No es un formato único ni obligatorio.
Errores comunes al llenar un pagaré
No escribir “pagaré” dentro del texto
La ley exige que la mención esté inserta en el texto del documento. Poner solo “PAGARÉ” como título arriba del texto podría no ser suficiente.
Dejar el monto en blanco o ambiguo
La promesa de pago debe ser por una “suma determinada de dinero”. Si el monto está en blanco, tachado o es ilegible, el documento puede tener problemas como título de crédito.
Agregar condiciones al pago
Frases como “pagaré cuando me entreguen el producto” o “pagaré si el contrato se cumple” hacen que la promesa deje de ser incondicional, lo que podría afectar su validez como pagaré.
Confundir la fecha de suscripción con la de pago
Son dos datos distintos. La fecha de suscripción es cuándo se firma. La fecha de pago (o vencimiento) es cuándo debe pagarse. La ley los pide por separado.
No firmar el documento
Sin la firma del suscriptor, el pagaré no cumple el sexto requisito del Artículo 170 de la LGTOC.
Preguntas frecuentes
¿Hay un formato oficial obligatorio para el pagaré?
No. La LGTOC no establece un formato único ni obligatorio. Lo que exige son los 6 datos del Artículo 170. Mientras el documento los contenga, puede tener cualquier formato, incluso manuscrito.
¿Puedo llenar un pagaré a mano?
Sí. La ley no exige que sea impreso ni que se use un formato preimpreso. Un pagaré manuscrito es válido siempre que contenga los 6 requisitos del Artículo 170.
¿Debo poner el monto en letra y en número?
La ley pide una “suma determinada de dinero”. No exige textualmente ambas formas, pero en la práctica se recomienda poner ambas para evitar confusiones sobre el monto.
¿Qué pasa si dejo la fecha de vencimiento en blanco?
El pagaré se considera pagadero “a la vista”, es decir, exigible en cualquier momento.
Art. 171, LGTOC.
¿Cuánto tiempo tengo para cobrar un pagaré?
La acción cambiaria directa prescribe en 3 años desde la fecha de vencimiento. Consulta los plazos completos en nuestra guía Prescripción del pagaré en México.
¿Cuáles son los 6 requisitos del pagaré?
Los establece el Artículo 170 de la LGTOC. Puedes consultarlos en detalle en Requisitos de un pagaré válido en México.
Fundamento legal
Artículo 170, LGTOC
“El pagaré debe contener: I. La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento; II. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; III. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; IV. La época y el lugar del pago; V. La fecha y el lugar en que se suscriba el documento; VI. La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.”
Artículo 171, LGTOC
“El pagaré cuyo vencimiento no esté indicado, se considerará pagadero a la vista; el pagaré que no indique lugar de su pago, se tendrá como pagadero en el domicilio del que lo suscribe.”
Información vigente a: marzo de 2026
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