Cobro judicial de pagaré
Ruta legal para cobrar un pagaré vencido mediante juicio ejecutivo mercantil.
3 a 8 mesesVerificar requisitos del pagaré
1 a 3 díasConfirmar que el pagaré cumple los requisitos del artículo 170 de la LGTOC: mención de ser pagaré, promesa incondicional de pago, fecha de vencimiento y firma del suscriptor.
Verificar que no ha prescrito
1 díaLa acción cambiaria directa prescribe en 3 años a partir de la fecha de vencimiento del pagaré.
Contratar abogado y preparar demanda
1 a 2 semanasUn abogado redacta la demanda ejecutiva mercantil anexando el pagaré original como título de crédito.
Presentar demanda ante juzgado mercantil
1 a 2 semanasSe presenta la demanda en el juzgado competente. El juez califica el pagaré y, si procede, dicta auto de embargo.
Notificación y embargo
2 a 4 semanasSe notifica al deudor y se practica el embargo de bienes suficientes para garantizar el pago.
Sentencia y ejecución
2 a 6 mesesSi el deudor no paga ni opone excepciones válidas, el juez dicta sentencia de remate para hacer efectivo el cobro.
